Superservicios puede designar o contratar a una persona para encargarle la administración en forma temporal de una empresa que fue intervenida (12:03 p.m.)
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07 de Marzo de 2011
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Aunque la Superintendencia de Servicios Públicos (Superservicios) debe encargar en forma temporal a una entidad fiduciaria la administración de una empresa intervenida, ello no impide que pueda designar o contratar a una persona para encargarle la administración de la entidad. Esta fue la conclusión a la que llegó el Consejo de Estado al conocer el caso de un ex gerente de Empresas Municipales de Cali (Emcali) al que el agente especial nombrado por la Superservicios le pidió su renuncia, dentro de la toma de posesión. Según el alto tribunal, este agente podía, para efectos de resolver la crisis en la que se encontraba la empresa, comisionar a un funcionario para que cumpliera con la representación legal de la entidad y pedir la renuncia del gerente. Además, la simple insinuación o solicitud de renuncia no constituye por sí misma una coacción invencible que elimine el acto voluntario, máxime si se trata de una renuncia protocolaria por la llegada de un nuevo jefe (C.P. Gustavo Eduardo Gómez Aranguren).
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