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Suministrar información hace parte del deber de cooperación y es esencial en la contratación estatal (10:50 a.m.)

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10 de Diciembre de 2012

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El Consejo de Estado señaló que en sede contractual no interesa la convicción o creencia de las partes de estar actuando conforme a derecho o conforme al contrato, lo que es relevante son todos los actos reales y efectivos que procuran la cabal realización de las funciones del contrato, dentro del ámbito de la legalidad, lealtad y corrección. Dentro de los deberes propios de la buena fe contractual, agregó la Sala, está el de brindar información a la otra parte en virtud de lo que hoy se conoce como un deber de cooperación o solidaridad. Para el alto tribunal, este deber es más relevante en la contratación estatal, porque en esta la finalidad que se persigue es la satisfacción del interés general mediante la prestación de servicios públicos. Este deber de información, que debe ser veraz, auténtica y completa, encuentra sus límites en la ley y en la carga de la autorresponsabilidad negocial (C.P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa).

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