Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Solo la certeza de daños accesorios producidos por expropiación da lugar a su indemnización (3:30 p.m.)

88530

15 de Mayo de 2013

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

El Consejo de Estado reiteró que para poder obtener la reparación de los daños accesorios que hubieren podido consumarse con la expropiación es indispensable que los mismos sean ciertos y que exista necesariamente un nexo de causalidad entre ellos y la decisión administrativa mediante la cual se decretó la expropiación. Al respecto, el alto tribunal recordó que el carácter resarcible del daño depende fundamentalmente de la certeza de su ocurrencia, para que produzca efectos jurídicos. Todo aquello que constituya una simple conjetura o una suposición no puede dar lugar a una indemnización, concluyó la Sala (C.P. Marco Antonio Velilla).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)