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Servidores públicos no pueden estar inscritos en la lista de auxiliares de la justicia como promotores (3:21 p.m.)

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19 de Febrero de 2020

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El promotor designado dentro de un proceso de reorganización empresarial es auxiliar y colaborador de la administración de justicia y, en ese sentido, su oficio es público y sus funciones tendrían de cierta manera un carácter público, mientras que la persona nombrada para desempeñar un cargo público tiene la calidad de empleado público y desarrolla funciones públicas, de manera que integrar la lista de promotores y, a su vez, ocupar un cargo oficial podría configurar un conflicto de intereses. Así las cosas, precisó la Superintendencia de Sociedades, un servidor público no puede estar inscrito en la lista de auxiliares de la justicia como promotor. El interesado puede presentar la renuncia cuando a bien lo tenga, enviando un escrito en tal sentido al juez del concurso.

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