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Señalan alcances de la Sentencia C-103 del 2015, que declaró inconstitucional la función de advertencia (9:48 a.m.)

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06 de Mayo de 2015

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A través de la Circular 59 del pasado 30 de abril, la Secretaría General de la Alcaldía de Bogotá señaló los alcances de la Sentencia C-103 del 2015 de la Corte Constitucional, por la cual se declaró inconstitucional la función de advertencia que tenía la Contraloría General de la República, en el sentido de precisar que la Directiva 02 del 2004 y las circulares 16 del 2008 y 29 del 2010 quedaron sin efecto a partir del pasado 12 de marzo, es decir, el día siguiente a aquel en que el alto tribunal tomó la decisión. En la Directiva 02, el Alcalde Mayor impartió instrucciones sobre la función de advertencia y recordó el régimen legal relacionado; en la Circular 16 estableció el formato que las entidades y organismos públicos debían tener en cuenta para diligencia la información referente a acciones emprendidas por el sector, acciones por realizar y avances obtenidos, así como el estado actual de los controles, y en la Circular 29 reiteró las obligaciones de remitir respuestas a la Veeduría Distrital, en el marco de las competencias establecidas en el Decreto Ley 1421 de 1993.

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