Selección de representantes del sector privado para el comité directivo del Fondo de Promoción Turística no contradice la Constitución (3:18 p.m.)
02 de Agosto de 2013
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Nota:
90394
El comité directivo del Fondo de Promoción Turística ejerce una labor reglada en función de lo que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo presente en materia de política turística, debiendo al efecto aprobar los ingresos, gastos y demás destinaciones propuestas para ser ejecutadas con sus recursos. Por lo anterior, aunque el fondo se nutre principalmente de la contribución parafiscal para la promoción del turismo, el comité es el encargado de cumplir las funciones señaladas. El Consejo de Estado encontró que la regulación sobre la designación de un segmento de los miembros del comité no atenta contra los principios de equidad tributaria, singularidad y excepcionalidad, por lo que no accedió a la petición de nulidad del artículo 3º de la Resolución 1143 del 2007 (M. P. Marco Antonio Velilla Moreno).
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