Resaltan aclaración sobre liquidación de la condena en costas y las agencias en derecho
03 de Junio de 2020
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Nota:
117067
El Consejo de Estado recordó que la condena en costas y las agencias en derecho deben ser liquidadas de manera concentrada en el juzgado que haya conocido del proceso en primera o única instancia, inmediatamente quede ejecutoriada la providencia que le ponga fin al proceso o notificado el auto de obedecimiento a lo dispuesto por el superior. De lo anterior, concluye el fallo, se desprende que a quien le corresponde liquidar la condena en costas es al juez de primera o única instancia (C.P. Oswaldo Giraldo).
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