Regulan autorización sanitaria de establecimientos acondicionadores de carne y productos cárnicos comestibles (11:11 a.m.)
11 de Octubre de 2016
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Nota:
123137
El Invima fijó los lineamientos para la inscripción y autorización sanitaria de los establecimientos acondicionadores de carne y productos cárnicos comestibles. Estas disposiciones aplicarán en todo el territorio nacional a todas las personas naturales o jurídicas responsables de los dichos establecimientos. Dentro de este tipo se incluyen los siguientes establecimientos, diferentes a expendios, en los que se efectúen una o varias operaciones relacionadas con corte, fraccionamiento, porcionado, empaque o actividades similares realizadas a la carne y los que realicen lavado, corte o fraccionamiento y empaque de productos cárnicos comestibles. Así, deben solicitar su inscripción dentro de los dos meses siguientes a la publicación de la nueva resolución. La norma también define los requisitos sanitarios y lo pertinente al control y sanciones.
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