Reglamentan la generación de ofertas de vivienda temporal o en arriendo para población vulnerable en Bogotá (11:16 a.m.)
07 de Mayo de 2015
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Nota:
100716
La Alcaldía de Bogotá, mediante Decreto 158 del pasado 4 de mayo, reglamentó la generación de ofertas de vivienda, en ubicación temporal o en arriendo, para la población vulnerable, con cualquier tipo de aportes distritales y/o privados, bajo un enfoque de mercado mixto, teniendo en cuenta la necesidad de ampliar alternativas de soluciones habitacionales y la diversidad de situaciones de vulnerabilidad. De acuerdo con la norma, se podrán desarrollar proyectos en cualquiera de las modalidades contempladas en procesos de redensificación, con soluciones integrales articulados con otros programas sociales y modulares con materiales adecuados y de fácil instalación y/o construcción, que permitan agilizar procesos y ahorro de tiempo para la atención de hogares en alto riesgo, en lotes urbanizados en suelos aptos para la construcción. Corresponde a la Secretaría Distrital del Hábitat evaluar la viabilidad de los proyectos y aprobar su desarrollo, los cuales pueden ser de iniciativa pública o privada y presentados por una entidad postulante.
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