Recurso de anulación no es tercera instancia (111:11 a.m.)
16 de Mayo de 2013
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Nota:
88507
El recurso extraordinario de anulación del laudo arbitral no es una nueva instancia procesal, porque su objeto se reduce al estudio de los errores in procedendo y no in iudicando, reiteró la Sección Tercera del Consejo de Estado. En su opinión, en esa sede judicial no es posible valorar nuevamente las pruebas, para modificar las consideraciones de fondo de los árbitros ni examinar si estos actuaron o no según el derecho sustancial. Adicionalmente, la corporación indicó que la omisión del tribunal de arbitramento de solicitar la interpretación prejudicial de las normas comunitarias andinas aplicables es una causal que puede sustentar la formulación de dicho recurso (C. P. Mauricio Fajardo).
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