Recuerdan indicio en falla en el servicio de obstetricia (10:30 a.m.)
13 de Diciembre de 2013
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Nota:
93899
En el caso de falla médica en el servicio de obstetricia, si el demandante prueba que el embarazo se desarrolló normalmente, sin evidentes complicaciones, y sobrevino un daño a raíz del parto, esto es un indicio suficiente para declarar la responsabilidad estatal. Así lo afirmó la Sección Tercera del Consejo de Estado, al indicar que dicha prueba indiciaria puede ser refutada por la entidad pública demandada (C. P. Hernán Andrade).
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