Procuraduría puede hacer uso del poder preferente en cualquier etapa del proceso disciplinario
16 de Septiembre de 2020
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Nota:
117595
Una providencia reciente del Consejo de Estado concluye que la Procuraduría General de la Nación puede hacer uso del poder preferente en materia disciplinaria en cualquier etapa del proceso (indagación preliminar, investigación) iniciado por el órgano de control disciplinario interno, siempre que no se haya finalizado dicho proceso y se cuente con la decisión de ejercer el control preferente. Igualmente, el alto tribunal precisó que el mencionado poder de la Procuraduría la faculta para adelantar actuaciones disciplinarias contra cualquier servidor público, sin consideración a su jerarquía, cuando lo considere conveniente o necesario para garantizar la efectividad de los principios y fines previstos en la Constitución, la ley y los tratados internacionales, que deben observarse en el ejercicio de la función pública (C. P. Germán Bula).
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