Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Precisiones sobre el precedente judicial y la prohibición de su aplicación retroactiva (8:15 a.m.)

58222

11 de Octubre de 2017

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Una providencia reciente de la Sección Tercera del Consejo de Estado hace varias precisiones sobre el valor del precedente judicial y la prohibición de su aplicación retroactiva, por violación al debido proceso y las garantías judiciales, los derechos de libertad e igualdad y defraudación de la confianza legítima. Así pues, empieza indicando que una recta y ponderada interpretación del postulado constitucional: “los jueces, en sus providencias, solo están sometidos al imperio de la ley”, impone considerarlo de manera armónica junto al valor normativo específico del texto constitucional, el derecho internacional y los derechos, principios y valores en ellos reconocidos. De ahí que para la Sección Tercera ubicar a la ley como única y exclusiva fuente del ordenamiento jurídico conduciría a un total desacierto. En el documento adjunto a esta nota encuentre las demás precisiones dogmáticas y jurisprudenciales que hizo la Sala sobre esta importante figura para el sistema legal (C. P. Jaime Orlando Santofimio).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)