Partes del contrato estatal pueden permitir o limitar la subcontratación (2:48 p.m.)
22 de Agosto de 2013
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Nota:
90646
Aunque la posibilidad de subcontratar no se prevé en detalle por la normativa de contratación pública, bajo el supuesto de la autonomía de la voluntad las partes pueden permitir o limitar la figura dentro del contexto mismo del contrato estatal, según las especificaciones de cada caso particular y tomando las medidas que eviten la intermediación laboral, pues se podrían desconocer normas sobre procesos de selección o eludir el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, indicó la Contraloría General de la República. En todo caso, no se puede desconocer la prohibición prevista en el literal c), numeral 4º, artículo 5º de la Ley 1150 del 2007, sobre selección de consultores.
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