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Órganos de control expiden nueva circular sobre vigencias futuras (5:07 p.m.)

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08 de Agosto de 2011

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Ante el reciente fallo del Consejo de Estado sobre la ilegalidad de las vigencias futuras excepcionales a cargo de las entidades territoriales, la Contraloría General de la República (CGR) y la Auditoría General de la República (AGR) acaban de hacer algunas precisiones sobre dos circulares conjuntas relacionadas con el tema. Según la nueva directriz, los gobernadores y alcaldes no pueden utilizar esa figura en los estatutos orgánicos territoriales. Los órganos de control también consideran inadecuado utilizar la denominación “vigencias futuras” para las operaciones destinadas a traer a valor presente flujos futuros de ingresos tendientes a obtener liquidez (por ejemplo, titularizaciones), pues se trata, en realidad, de operaciones de crédito público, que deben tramitarse según las leyes 358 de 1997 y 819 del 2003. Las vigencias futuras autorizadas y comprometidas después de expedida la Circular Conjunta del 8 de septiembre del 2010 serán objeto de una auditoría especial, advirtieron los organismos de control.

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