Nulidad de actos administrativos generales tiene efecto inmediato sobre situaciones jurídicas no consolidadas (10:50 a.m.)
25 de Agosto de 2016
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Nota:
123999
La Sección Cuarta del Consejo de Estado reiteró que las sentencias de nulidad de los actos administrativos de carácter general (normativos) son de efecto inmediato respecto de las situaciones jurídicas no consolidadas. De ese modo, tales decisiones no afectan las situaciones jurídicas consolidadas, esto es, aquellas que resultan de la ejecutoria y ejecutividad de actos administrativos particulares y concretos, porque ya están vencidos los plazos para demandarlos judicialmente, y también cuando ha prescrito el derecho a pedir la devolución, por vencimiento del término establecido en la ley para ese efecto, agrega. En ese sentido, si un particular, bajo determinada ley o determinados actos administrativos generales, que son leyes en sentido lato, ganó o adquirió determinado derecho, quiere decir que consolidó una situación jurídica favorable que incluso pudo haber entrado a su patrimonio económico o moral y una sentencia que anule esa ley no puede afectar esa situación. Ahora bien, si bajo determinada ley un particular debió atender una obligación o desprenderse definitivamente de cierto derecho eso significa que hubo a su vez un derecho en favor de otro que bien pudo consolidar una situación favorable para aquel pero desfavorable para el deudor. En este último caso también hubo situaciones jurídicas consolidadas para ambos sujetos (C. P. Hugo Fernando Bastidas).
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