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Noticias / Administrativo


Nula elección de Mariana Viña Castro como comisionada de la Sesión de Contenidos Audiovisuales de la CRC

16 de Noviembre de 2021

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Nota:
135515

La Sección Quinta del Consejo de Estado declaró nula la elección de Mariana Viña Castro como comisionada de la Sesión de Contenidos Audiovisuales de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), por no haber acumulado la experiencia específica mínima requerida en labores de regulación, control y vigilancia del sector audiovisual.

Según el accionante, a pesar de que los gerentes concluyeron que los candidatos cumplían los requisitos aplicables para el cargo, no era así en el caso de Viña Castro. Al no tener título de maestría o doctorado, debía acreditar haber acumulado por lo menos ocho años de experiencia relacionados con el ejercicio de la regulación, el control y la vigilancia y 10 específicos en esas temáticas.

Además, señaló que la comisionada violó el régimen de inhabilidades e incompatibilidades al haber ejercido regulación, vigilancia y control respecto de los canales cuyos gerentes la eligieron, dentro de los seis meses anteriores a su elección, ya que ejerció como directora de la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV) entre febrero y julio del 2019.

Entre otros aspectos, el alto tribunal indicó que el haber anticipado la elección no constituye una irregularidad sustancial. Así mismo, consideró que el envío del acta de elección a la CRC el 24 y no el 25 del mes en que se tenía prevista inicialmente no da lugar a decretar la nulidad solicitada.

Sin embargo, señaló que Viña Castro no acreditó los 10 años de experiencia mínima específica, sino seis años y ocho meses por su trabajo en la Comisión Nacional de Televisión (CNTV) y la ANTV en las labores que se ajustan a la exigencia señalada, razón por la que declaró nulos los actos que componen su elección (M. P. Luis Alberto Álvarez Parra).

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