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Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Registraduría debe frenar violaciones de derechos por ambigüedades en identificación

28 de Enero de 2013

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La Corte Constitucional le ordenó a la Registraduría Nacional del Estado Civil emprender acciones para evitar las violaciones a los derechos fundamentales por errores en la identificación de los ciudadanos, principalmente en materia de seguridad social.

 

Además de expedir un acto administrativo, dirigido a las entidades de salud y financieras, en el que señale el procedimiento para corregir los errores de identificación de manera ágil, la Registraduría deberá compulsar copias contra los organismos que actúen irregularmente en estos casos.

 

La Corte reprochó que dichas entidades desconozcan los derechos fundamentales de sus afiliados por simples errores en su identificación, que no son atribuibles a ellos, sino a la administración, sin siquiera verificar cómo se produjo la ambigüedad.

 

“El carné de identificación no está llamado dentro de un Estado social de derecho a fungir como una prueba sustantiam actus para el reconocimiento de la calidad de persona, especialmente cuando de ello depende la garantía de los derechos fundamentales, sino como el medio administrativo idóneo para mejor proveer los servicios esenciales a los que tienen derecho”, agregó la Corte.

 

En el caso analizado, una mujer de más de 60 años dejó de recibir su mesada pensional desde el 2011, pues, al renovar su cédula de ciudadanía, la Registraduría la expidió con un número distinto. La Corte ordenó corregir el error a la mayor brevedad, y presentar excusas públicas a la afectada.

 

Según el alto tribunal, con esto se busca impedir que un carné determine la calidad de los individuos como sujetos de derechos, y que un documento se convierta en un obstáculo insalvable para el disfrute de las garantías fundamentales.


(Corte Constitucional, Sentencia T-1000, nov. 26/12, M. P. Jorge Iván Palacio)

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