No todo legitimado de hecho lo es materialmente (12:12 p.m.)
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30 de Octubre de 2013
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No todo legitimado de hecho lo será materialmente, porque esto último requiere la participación real en las circunstancias que originaron la formulación de la demanda, recordó la Sección Tercera del Consejo de Estado. Al respecto, señaló que la legitimación en la causa material es condición anterior y necesaria para dictar sentencia de mérito favorable a una u otra parte. Sin embargo, el alto tribunal precisó que aquella figura no es una excepción de fondo oponible a la prosperidad de las pretensiones (C. P. Jaime Orlando Santofimio).
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