No es viable concursar para un empleo de carrera administrativa y ser nombrado en uno de libre nombramiento y remoción
25 de Marzo de 2022
La clasificación y naturaleza de los empleos públicos es un tema de reserva legal, así como también su forma de ingreso, por lo que no es viable modificar voluntariamente la naturaleza de un empleo, de tal manera que, si se cumplen determinados requisitos, un empleo será clasificado como de libre nombramiento y remoción o como de carrera administrativa, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública.
Por su parte, el manual específico de funciones y de requisitos es un instrumento de administración de personal a través del cual se establecen las funciones y las competencias laborales de los empleos que conforman la planta de personal de una entidad y los requerimientos exigidos para el ejercicio de los mismos. Por lo tanto, es el soporte técnico que justifica y da sentido a la existencia de los cargos en una entidad u organismo.
Ahora bien, los servidores que ejercen los empleos de libre nombramiento y remoción pueden ser nombrados y desvinculados por quien tiene la facultad de hacerlo, es decir, el nominador puede disponer libremente del cargo confirmando o removiendo a su titular, mediante el ejercicio exclusivo de la facultad discrecional que, entre otras cosas, se justifica en las funciones propias del cargo.
Los empleados de libre nombramiento y remoción no gozan de las mismas garantías de los del régimen de carrera y pueden ser libremente nombrados y removidos, en ejercicio del poder discrecional que tiene la administración para escoger a sus colaboradores, toda vez que ocupan lugares de dirección y/o confianza dentro de la entidad pública.
Así las cosas, precisó la entidad, no es viable que una persona concurse para el ejercicio de un empleo de carrera administrativa y sea nombrado en un empleo de libre nombramiento y remoción, pues la vinculación a este último se realiza en ejercicio de la facultad discrecional por parte de quien ostenta la potestad nominadora en la respectiva entidad.
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