Minsalud aclara tiempos para radicar recobros y reclamaciones glosados por el Fosyga (2:46 p.m.)
20 de Octubre de 2016
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Nota:
122996
La Dirección de administración de fondos de la protección social establece un periodo para radicar las solicitudes de recobro y/o reclamaciones de las entidades que se acojan al mecanismo dispuesto en el literal c) artículo 73 de la Ley 1753 del 2015 y conforme a los requisitos para el reconocimiento y pago señalados en la Resolución 4244 del 2015. Entonces, para recobros el periodo será desde el día hábil siguiente al cierre de la etapa de radicación del proceso ordinario de presentación y hasta el último día hábil de octubre del 2016. Para reclamaciones será desde el día hábil siguiente al cierre del periodo de radicación del proceso ordinario previsto para reclamaciones de personas jurídicas y naturales y hasta el último día hábil del mes de octubre, precisó Minsalud.
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