Administrativo
Empresas con más trabajadores en condición de discapacidad tienen prioridad en contratación pública
28 de Febrero de 2012
El año pasado, la Sentencia T-648A de la Corte Constitucional dispuso que en caso de empate en los procesos de contratación pública, la entidad contratante debe aplicar el literal a) del artículo 24 de la Ley 361 de 1997, que les da prioridad a las empresas con al menos un 10 % de trabajadores en condición de discapacidad.
Para dar cumplimiento a esta regla, el Ministerio del Trabajo (Mintrabajo) anunció la expedición de una norma que les ordena a las entidades de los niveles nacional y territorial preferir al contratista que tenga el mayor número de empleados en condición de discapacidad en su nómina.
La medida busca promover la igualdad, la inclusión laboral y los demás derechos fundamentales de la población en condición de discapacidad, afirmó el ministro de Trabajo, Rafael Pardo.
Adicionalmente, Pardo indicó que la determinación de la Corte deberá ser incluida en los pliegos de cualquier proceso contractual con la administración pública.
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