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Actualizado hace 1 minute | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


La imputación fáctica del daño requiere un análisis real y no ideal de las circunstancias que lo rodean (8:00 a.m.)

08 de Marzo de 2013

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Nota:
86481
La imputación fáctica del daño y la falla del servicio no pueden ser analizadas desde una perspectiva ideal, crítica o abstracta del funcionamiento del servicio, sino que requieren ser estudiadas desde un ámbito real que consulte las circunstancias de tiempo, modo, lugar y la capacidad de la administración pública al momento de su producción. Por lo anterior, el Consejo de Estado recordó que la medicina no es una ciencia exacta, así como tampoco infalible, razón por la cual existen muchos resultados desafortunados que resultan inexplicables o cuya causa se desconoce. Por ello, quienes reclaman la declaratoria de responsabilidad deben agotar todos los recursos procesales y probatorios para acreditar no solo el daño antijurídico, sino la imputación fáctica, independientemente de las discusiones que se hayan presentado en la corporación sobre el contenido y alcance del régimen subjetivo aplicable a los escenarios de responsabilidad médico – hospitalaria (C.P. Enrique Gil Botero).

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