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La Dirección Nacional de Inteligencia sí puede contratar de forma y reservada los bienes y servicios que requiera (11:41 a.m.)

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14 de Enero de 2016

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La Dirección Nacional de Inteligencia tiene la competencia para contratar de forma directa y reservada los bienes y servicios para adelantar las funciones de inteligencia y contrainteligencia, bajo su responsabilidad, en la medida que dicha modalidad de contratación sea necesaria para evitar un riesgo presente, probable y específico que conlleve a un daño o afecte el cumplimiento de sus funciones. Así lo aclaró la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, luego de explicar que, para contratar bienes y servicios, esta entidad puede acudir al régimen especial de gastos reservados dispuesto en las leyes 1097 del 2006 y 1219 del 2008, así como también a la regulación general de contratación estatal establecida en las leyes 80 de 1993 y 1150 del 2007. Esta forma de contratar, indicó, se justifica por las funciones desarrolladas por ese organismo, las cuales se relacionan con la seguridad y la defensa nacional y exigen, para su efectivo ejercicio, el secreto y la confianza de quienes participan en esta actividad (C. P. William Zambrano).

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