Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


La cesión de derechos litigiosos se puede perfeccionar sin aceptación expresa del cedido (2:28 p.m.)

Openx [71](300x120)

87775

08 de Mayo de 2013

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
El Consejo de Estado señaló que la cesión de derechos litigiosos se perfecciona (validez) y es eficaz (oponible) sin necesidad de que el cedido manifieste su aceptación expresa. En este sentido, la Sección Tercera decidió aceptar una cesión de los derechos de la sociedad demandante (cedente) en una acción de reparación directa que busca la responsabilidad patrimonial de la Nación por los daños ocasionados con el embargo y secuestro de un bien de su propiedad. A juicio del alto tribunal, es potestativo que la parte cedida acepte o no la cesión que le formula su contraparte procesal, según el artículo 1969 y 1972 del Código Civil (C. P. Hernán Andrade Rincón).

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)