Juntas directivas de las EICE pueden proponer modificaciones a su estructura orgánica pero no aprobarlas
09 de Diciembre de 2020
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El Consejo de Estado ratificó una decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia, mediante la cual declaró nulo parcialmente el acto administrativo que empoderaba a la junta directiva de la Corporación Recreativa Metropolitana de Medellín (Metroparques) para transformar su estructura orgánica. Según el demandante, la junta directiva de Metroparques no tenía la facultad de expedir un acto administrativo en el que empoderara a su junta directiva para el acto mencionado, de ahí que interpusiera una demanda de nulidad simple contra el decreto por medio del cual se modificaron los estatutos de la entidad en el año 2002. El alto tribunal aclaró que la autorización con la que contaba la junta directiva de la empresa para adoptar sus propios estatutos internos no le permitía modificar su estructura orgánica. Así mismo, precisó que las competencias de las juntas directivas de las empresas industriales y comerciales del Estado (EICE) se limitan a poder proponer las modificaciones de la estructura orgánica de la entidad ante el alcalde de la respectiva entidad territorial, pero no les permiten aprobarlas (C. P. Hernando Sánchez Sánchez).
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