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Jueces y magistrados de San Andrés deben hablar inglés raizal: Corte Suprema (2:55 p.m.)

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30 de Noviembre de 2012

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La Corte Suprema de Justicia concluyó que quienes aspiren a ocupar los cargos de magistrado o juez en San Andrés, Providencia y Santa Catalina deben cumplir con el requisito de ser angloparlantes, en las condiciones en las que hablan inglés los isleños, so pena de desconocer lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 47 de 1993. De esta manera, la Sala Plena anuló el Acuerdo 118 del 22 de septiembre del 2009, mediante el cual el Consejo de Estado nombró como magistrados del tribunal contencioso del archipiélago a dos aspirantes que no acreditaron ser angloparlantes ante su nominador, el Consejo Superior de la Judicatura. La Corte recordó que, según la sentencia C-086 de 1994, los empleados públicos deben hablar la lengua del territorio en el que actúan; así mismo, calificó de “negligente, omisiva o descuidada” la actuación del Consejo Superior al no citar esta exigencia en la convocatoria inicial (M.P. Javier Zapata).

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