Pasar al contenido principal
29 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 6 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo


Incremento salarial previsto para los servidores públicos no aplica a los trabajadores misionales en entidades del Estado

08 de Abril de 2022

Reproducir
Nota:
141633
Imagen
Incremento salarial previsto para los servidores públicos no aplica a los trabajadores misionales en entidades del Estado (Freepik)

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 50 de 1990, la empresa de servicios temporales es aquella que contrata la prestación de servicios con terceros beneficiarios para colaborar temporalmente en el desarrollo de sus actividades, mediante la labor desarrollada por personas naturales, sobre las cuales la empresa de servicios temporales tiene el carácter de empleador, sin que el trabajador o empleado en misión participe en la gestión de la empresa usuaria.

Por lo tanto, precisó el Departamento Administrativo de la Función Pública, las empresas de servicios temporales vinculan laboralmente a los trabajadores en misión para cumplir con las tareas o servicios contratados con un usuario beneficiario.

Esta normativa permite que entidades estatales pueden contratar en forma temporal el suministro de servicios y de personal para suplir las deficiencias que se presentan con el personal de planta, con el fin de adelantar actividades específicas señaladas en los respectivos contratos. Este personal en misión se rige por las disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo y demás normas del derecho privado y, por lo tanto, no adquieren la calidad de servidores públicos.

Así las cosas, el incremento salarial establecido para los servidores públicos no es aplicable a los trabajadores misionales vinculados a empresas temporales que prestan servicios a entidades del Estado, pues estos no tienen naturaleza de servidores públicos y les aplica lo establecido para los trabajadores del sector privado en el Código Sustantivo del Trabajo.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)