Improcedente control de legalidad frente resolución sobre uso de recursos de salud pública del Sistema General de Participaciones
15 de Febrero de 2021
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Nota:
118912
La Sala Especial del Consejo de Estado declaró improcedente el control inmediato de legalidad de la Resolución 507 del 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, que modificó transitoriamente el parágrafo 1 del artículo 20 de la Resolución 518 del 2015, frente al uso de los recursos de salud pública del Sistema General de Participaciones, en el marco de la emergencia sanitaria por Coronavirus (Covid-19). Según sus argumentos, la Resolución 507 responde a la noción de acto administrativo general, toda vez que los efectos de las medidas adoptadas impactan de manera impersonal o indiscriminada a la población y tiene por finalidad asegurar una adecuada situación sanitaria y de salud pública en el territorio nacional. Bajo tal entendimiento, esta resolución no cumple con el requisito legal de desarrollar un decreto legislativo concreto, específico y no guarda conexidad directa con el decreto declarativo del estado de excepción, por lo que no es un instrumento normativo susceptible de control automático de legalidad (C. P. Gabriel Valbuena Hernández).
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