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Gobierno precisa la condición de dirigente sindical, para efectos del otorgamiento de protección estatal (8:00 a.m.)

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01 de Abril de 2011

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El Ministerio del Interior y de Justicia informó ayer que expidió la Resolución 602, que precisa los alcances de la condición de dirigente o activista sindical, para su inclusión en el programa de protección de esta cartera. Según la determinación, dicha condición cesará cuando estos dejen de ejercer el cargo directivo en la organización sindical o no intervengan directamente en la defensa de los mismos, respectivamente, momento a partir del cual no estarán cobijados por el programa. Sin embargo, si alguien tiene nivel de riesgo extraordinario o extremo a causa de las labores que ejerció, el programa cooperará con la Policía, para salvaguardar su vida, integridad y seguridad.

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