Explican cómo se determina el régimen de imputación de responsabilidad estatal (3:31 p.m.)
01 de Diciembre de 2017
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Nota:
58519
El juicio de imputación debe analizar la atribución fáctica y jurídica en tres escenarios: peligro, amenaza y daño, explica la Sección Tercera del Consejo de Estado. Así, la atribución jurídica debe exigir la motivación razonada, sin fijar un solo título de imputación en el que deba delimitarse la responsabilidad extracontractual del Estado, sino que se debe examinar si procede en primera medida la falla en el servicio sustentada en la vulneración de deberes normativos, que en muchas ocasiones no se reducen al ámbito negativo, ya que se expresan como deberes positivos en los que la procura o tutela eficaz de los derechos, bienes e intereses jurídicos es lo esencial para que se cumpla con la cláusula del Estado social y democrático de derecho. En caso de que no proceda dicha motivación, cabe examinar si es aplicable la teoría del daño especial, sustentando cómo (probatoriamente) se produjo la ruptura en el equilibrio de las cargas públicas; o, finalmente, si encuadra en el riesgo excepcional (C. P. Jaime Orlando Santofimio).
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