Este es el procedimiento de gestión de resultados de la Organización Nacional Antidopaje (3:54 p.m.)
19 de Octubre de 2017
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Nota:
58065
Mediante la Resolución 2084, Coldeportes estableció el procedimiento para la gestión de resultados de las infracciones potenciales a las normas contra el doping adelantadas por la Organización Nacional Antidopaje - Coldeportes en desarrollo de las competencias otorgadas por el artículo 7° del Código Mundial Antidopaje. Así, cuando una revisión de un resultado analítico adverso no determine que exista una autorización de uso terapéutico o una desviación a los estándares internacionales que haya provocado dicho resultado, la Organización Nacional Antidopaje deberá notificar inmediatamente al deportista mediante correo electrónico y/o correo físico a las direcciones suministradas por el mismo. La norma también regula el contenido de la notificación, la decisión de no presentar acusación, el envío de evidencias en la acusación, investigación y recogida de evidencias y suspensión provisional obligatoria, entre otros temas.
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