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Establecen protocolos para el registro, evaluación y autorización de actividades que impliquen aglomeración de público, en Bogotá (12:05 p.m.)

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29 de Agosto de 2011

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Por medio de la Resolución 426 del pasado 16 de junio, la Secretaría de Gobierno de Bogotá estableció y adoptó los protocolos ordenados por el Decreto 192 del 2011, por el cual se definieron los requisitos para el registro, evaluación y autorización de actividades que impliquen aglomeraciones de público en la ciudad. De acuerdo con la disposición, el organizador de la actividad deberá, con mínimo 25 días hábiles de anticipación a la fecha del evento, acceder al sistema único de gestión, diligenciar en línea los formularios de registro y acreditar lo requisitos pertinentes.

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