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Noticias / Administrativo


Esta es la propuesta para reducir índices de corrupción en la contratación pública (3:02 p.m.)

24 de Octubre de 2016

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Nota:
122954
La Comisión Primera del Senado de la República se encargará del estudio de una iniciativa que modificaría la Ley 80 de 1993 con el principal propósito de reducir la corrupción en la celebración de contratos estatales. El proyecto obligaría al Gobierno a establecer documentos contractuales tipo, dentro de los cuales se incluirán, entre otros, los pliegos de condiciones y minutas de contrato, los cuales deberán ser utilizados por todas las entidades estatales en los procesos de selección que adelanten y en los contratos que celebren. Por su parte, cuando las cláusulas estándar no resulten aplicables la entidad dejará constancia escrita de las razones que justifican lo anterior. Adicionalmente, el Ejecutivo definirá de manera general y con alcance obligatorio las condiciones habilitantes técnicas y financieras que deberán incluirse en los pliegos de condiciones, teniendo en cuenta la naturaleza y cuantía de los contratos. Para la adopción de esta reglamentación se tendrán en cuenta las características propias de las regiones y harán las distinciones que resulten necesarias. Lo anterior implicaría una centralización del procedimiento contractual. Por otra parte, se pretende modificar la forma de presentación de las ofertas dentro de los procesos contractuales y será obligatorio que el oferente presente su propuesta en dos sobres separados, el primero de ellos contendrá los documentos habilitantes exigidos dentro de los pliegos de condiciones, este se abrirá y la entidad publicará un informe de evaluación respecto de estos requisitos. El informe permanecerá publicado en el Secop durante cinco días hábiles, término en el que los proponentes podrán hacer las observaciones que consideren y entregar los documentos y la información solicitada por la entidad estatal; vencido este plazo, no se recibirán documentos o información adicional de los proponentes. En cuanto al segundo sobre, que contiene la oferta económica, se mantendrá cerrado hasta la audiencia de adjudicación. Durante esta audiencia se dará apertura al sobre, se evaluará la oferta económica, se establecerá el orden de elegibilidad y se correrá traslado a los proponentes habilitados en el mismo momento. A continuación, en esta misma audiencia los proponentes podrán presentar observaciones, las cuales deberán ser respondidas por la entidad estatal en el mismo acto. Estos son tan solo unos de los cambios que conllevaría esta reforma en caso de superar su trámite legislativo. La iniciativa ya cuenta con ponencia positiva para primer debate y puede consultarla en el documento adjunto a la presente nota.

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