Entidades estatales no pueden suscribir contratos cuyo objeto sea el cobro de cartera
26 de Octubre de 2017
Frente a una pregunta sobre la posibilidad de que una entidad estatal suscriba un contrato que tenga por objeto el cobro de cartera, Colombia Compra Eficiente precisó que no es viable, debido a que el cobro coactivo es una función administrativa que solo puede ser transferida de manera parcial a particulares, a través de la expedición de un acto administrativo y la celebración de un convenio, en los términos de la Ley 489 de 1998.
Argumentos
Para determinar lo precedente, en el concepto se argumentó que el cobro coactivo implica el ejercicio del poder que tiene el Estado para cobrar deudas sin necesidad de acudir a la jurisdicción para obtener el pago. (Lea: Precisan características del documento que presta mérito ejecutivo para iniciar cobro coactivo)
Así mismo, este proceso de cobro coactivo tiene varios pasos y cada cual tiene una etapa de preparación que comprende la proyección de documentos y unos actos que corresponden al cobro propiamente dicho, como lo son, entre otros, la expedición del mandamiento de pago, el decreto de embargo o secuestro, la notificación, la decisión de excepciones y la celebración de acuerdos de pago.
En tal sentido, explicó que la primera etapa puede ser delegada en particulares mientras que la segunda es de competencia exclusiva de las entidades estatales, y agregó que los particulares pueden ejercer funciones administrativas, siempre que la regulación, el control, la vigilancia y la orientación de la función administrativa siga en cabeza de la autoridad o entidad estatal titular de la función. (Lea: Reglamentan depuración de cartera de imposible recaudo de entidades públicas)
En consecuencia, una entidad estatal puede delegar las actuaciones previas del cobro coactivo y, en tal caso, debe cumplir con los requisitos establecidos para el efecto en el artículo 110 de la Ley 489.
Finalmente, afirmó que no pueden delegarse funciones administrativas a través de un contrato de prestación de servicios sin haberse dado cumplimiento a lo ordenado en la ley indicada 4201713000002662
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