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En daños causados por redes eléctricas, la culpa de la víctima también excluye la responsabilidad estatal (11:56 a.m.)

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13 de Febrero de 2012

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La Sección Tercera del Consejo de Estado señaló que en los daños ocasionados por las redes eléctricas también opera la figura de la culpa de la víctima como causal de exclusión de la responsabilidad estatal. Así, si se demuestra que la víctima no adoptó las medidas de precaución adecuadas para la manipulación de las redes de interconexión, no procede la imputación por riesgo excepcional condenatoria del Estado. Sobre este punto, la corporación también recordó que en estos daños prima el régimen de responsabilidad objetiva (C. P. Jaime Orlando Santofimio).

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