En acción popular, el juez pude pronunciarse sobre la nulidad de un contrato estatal (3:33 p.m.)
15 de Mayo de 2014
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Nota:
96714
Además de las facultades legales del juez en el marco de una acción popular para la protección de derechos e intereses colectivos, el derecho común y el Estatuto de Contratación Estatal le imponen que, de conformidad con su competencia, se pronuncie sobre la nulidad absoluta de cara a los actos o contratos que contravienen el derecho público de la Nación. Al ser irregularidades que no admiten saneamiento, procede su declaración de oficio o a petición de parte, señaló el Consejo de Estado. Por otra parte, el alto tribunal indicó que las acciones ordinarias que sirven al control de legalidad no puede condicionar el ejercicio ni la procedencia de las acciones populares. Concurriendo en un mismo caso la protección de la moralidad, la defensa del patrimonio público y la legalidad, debe preferirse la acción popular para el amparo integral del derecho colectivo, sin perjuicio de la eficacia que para el caso concreto podría predicarse de las acciones ya iniciadas para controlar la legalidad (C.P. Stella Conto Díaz del Castillo).
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