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Elegidos mediante voto popular no están inhabilitados para demandar nulidad electoral: Consejo de Estado (11:30 a.m.)

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14 de Enero de 2013

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El Consejo de Estado sostuvo que quienes hayan sido elegidos por voto popular no se encuentran inhabilitados para demandar la nulidad de actos electorales. “Si bien de ser acogidas las pretensiones que formulen en forma indirecta pueden llegar a consolidar su estatus de elegidos (los demandantes), debe entenderse que el propósito de la demanda es la corrección de situaciones irregulares que desconocen el principio de legalidad”, dice la providencia. Con esos argumentos, la Sección Quinta rechazó las objeciones por la participación, como actor, del representante a la Cámara Pedrito Pereira en una demanda relacionada con la elección de sus colegas de la circunscripción de Bolívar. Sin embargo, también rechazó las pretensiones que buscaban la nulidad de la elección de los legisladores (C. P. Susana Buitrago).

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