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25 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 3 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Durante el periodo de prueba no se pueden efectuar movimientos que impliquen funciones distintas

10 de Mayo de 2022

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Servidor público puede pertenecer a una ESAL, siempre y cuando no realice sus actividades en horas laborables (Freepik)

El empleado en periodo de prueba tiene derecho a permanecer en el cargo por el término de su duración, a menos que incurra en falta disciplinaria o causa legal que ocasione su retiro. Así mismo, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública, durante este periodo no se podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las indicadas en la convocatoria que sirvió de base para el nombramiento o ascenso.

El proceso de selección o concurso de méritos comprende entre sus etapas la convocatoria, la cual debe contener las funciones; requisitos; perfil de competencias de los empleos definidos por la entidad que posea las vacantes, según el manual específico de funciones y requisitos; la jornada laboral; denominación; código; grado salarial; asignación básica; número de empleos a proveer; ubicación; funciones y el perfil requerido en términos de estudios, experiencia, conocimientos, habilidades y aptitudes. 

Así las cosas, ante una situación de cambio de condiciones laborales será necesario acudir a la convocatoria del concurso de méritos para efectos de aclarar las mismas y darle cumplimiento, teniendo en cuenta que la convocatoria es norma reguladora de todo concurso y obliga tanto a la administración como a las entidades contratadas para la realización del concurso y a los participantes.

En el caso particular, si el horario de trabajo está para desarrollarlo en la jornada nocturna, esta es la que debe cumplir el empleado en período de prueba. Por el contrario, si está prevista la jornada diurna, este será el horario que deberá cumplir el empleado nombrado en periodo de prueba.

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