Desvinculación de provisionales no requiere de motivación (11:07 a.m.)
10 de Enero de 2012
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Nota:
78472
La Sección Segunda del Consejo de Estado ratificó su larga línea jurisprudencial de acuerdo con la cual el acto administrativo que desvincula a un empleado provisional no requiere de motivación por parte de la entidad empleadora. Además, la corporación aclaró que la Ley 909 del 2004 y uno de sus decretos reglamentarios, el 1227 del 2005, mantuvo la subsidiariedad de la figura del empleado provisional. No hay que olvidar que la Corte Constitucional ha desarrollado un precedente diferente, que sí exige motivación en el acto de desvinculación de provisionales (C. P. Gustavo Gómez Aranguren).
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