12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Derechos adquiridos por acuerdos convencionales de empleados públicos se extienden únicamente durante su vigencia (3:00 p.m.)

04 de Marzo de 2014

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Nota:
94720
Con base en las sentencias C-314 y C-349 del 2004 de la Corte Constitucional, la Sección Segunda del Consejo de Estado reiteró que frente a la transformación de la relación laboral de un trabajador oficial a empleado público no es posible desconocer los derechos adquiridos bajo una convención colectiva mientras mantengan su vigencia. Con ese argumento, concluyó que no se puede solicitar reliquidación de prestaciones sociales e indemnización por supresión del cargo con fundamento en disposiciones convencionales, ya que solo aplicaron hasta el 2004 y el demandante fue retirado del servicio en el 2008. Sobre la vigencia de una convención colectiva, el alto tribunal recordó que una vez finaliza el plazo pactado no hay forma de extender sus efectos hacía el futuro dado, que la figura de la prórroga automática únicamente está prevista en el derecho laboral colectivo para los trabajadores oficiales, artículo 478 del Código Sustantivo del Trabajo (C. P. Gerardo Arenas Monsalve).

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