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Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Decretos reglamentarios únicosRegulan procedimiento para evaluar competencias que deben acreditar aspirantes al cargo de director o gerente de ESE (4:26 p.m.)

05 de Septiembre de 2016

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Nota:
123805
En el Decreto 1427 del 2016 el Gobierno determinó el procedimiento que deben seguir el Presidente de la República, los gobernadores y alcaldes para evaluar las competencias de los aspirantes a ocupar el empleo de director o gerente de las empresas sociales del Estado (ESE) del orden nacional, departamental, distrital o municipal. La norma delega en la Función Pública la evaluación del aspirante o aspirantes. Una vez adelantada la evaluación, el Director del Dafp informará al jefe de Estado si el candidato cumple o no con las competencias requeridas, de lo cual se dejará evidencia. La entidad adelantará de manera gratuita, cuando el respectivo nominador así se lo solicite, la evaluación las competencias. Con lo anterior, se reglamenta el artículo 20 de la Ley 1797 del 2016 y se sustituyen las secciones 5º y 6º del Capítulo 8º del Título 3 de la Parte 5º del Libro 2 del Decreto 780 del 2016, único reglamentario del sector Salud. Así mismo, con la Resolución 680, la Función Pública señaló las competencias que deben demostrar los aspirantes a ocupar dichos cargos, que serán evaluadas por las respectivas autoridades nominadoras. Son en total cinco competencias: compromiso con el servicio, orientación a los resultados, manejo de las relaciones interpersonales, planeación y manejo eficaz y eficiente de los recursos.

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