Daños por mala señalización de obras contratadas por la administración generan responsabilidad estatal (4:15 p.m.)
30 de Enero de 2013
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Nota:
86225
El Consejo de Estado mantuvo incólume su posición sobre la responsabilidad del Estado en relación con los accidentes de tránsito causados por la falla del servicio de la administración, consistente en la omisión del deber legal de señalización de la vía que se encuentra obstruida, obstaculizada o afectada con motivo de la realización de una obra pública, reparación o cambios transitorios. La Sala indicó que para que los daños derivados de estas circunstancias le sean imputados al Estado, se debe verificar que la entidad encargada de dichos deberes no controló o vigiló la ejecución de dichas obras, como tampoco el normal y adecuado tránsito de la ruta correspondiente. Por otro lado, frente a la responsabilidad de las entidades públicas cuando se trate de daños causados con ocasión de la realización de una obra pública de la que esta es beneficiaria, el alto tribunal reiteró que desde el año 1985 se ha entendido que es como si la ejecutara directamente la administración. De esta manera fue resuelta la demanda de reparación directa presentada el 11 de septiembre de 1998, con la decisión del Consejo de Estado de declarar administrativa y extracontractualmente responsable al municipio de Milán (Caquetá) por la muerte de un ciudadano en un accidente de tránsito causado por mala señalización y obstrucciones en una vía en obra (C.P. Danilo Rojas B.).
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