¿Cuántos integrantes del Consejo Directivo de una caja de compensación se requieren para remover un director administrativo?
18 de Febrero de 2021
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Nota:
118832
Al resolver una consulta presentada por el Ministerio de Trabajo, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado precisó que la mayoría necesaria para que el Consejo Directivo de una caja de compensación Familiar remueva a un director administrativo corresponde a una mayoría calificada de dos terceras partes (2/3) de los integrantes de este consejo. Adicionalmente indicó que resulta aplicable de forma supletoria a las Cajas de Compensación, en materia de revocación o remoción de nombramientos de administradores, como es el caso del Director Administrativo de la Caja, lo previsto en el artículo 163 del Código de Comercio que exige para efectos de la revocatoria del nombramiento, el quorum y la mayoría de votos prescritos en la ley o en el contrato para su designación. Además, agregó que en el caso de dichas Cajas se constituye con las dos terceras partes (2/3) de los integrantes del consejo directivo (C. P. Oscar Dario Amaya Navas).
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