Coronavirus (covid-19)Supersociedades reitera su posición sobre realización de reuniones ordinarias durante la emergencia sanitaria
21 de Agosto de 2020
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Las reuniones de asamblea de accionistas deberán efectuarse al menos una vez al año en el término previsto en los estatutos o, en caso de que estos guarden silencio, dentro de los tres meses siguientes al vencimiento de cada ejercicio, para aprobar los estados financieros, resolver sobre distribución de utilidades, revisar el informe de gestión presentado por la administración, así como la designación de funcionarios. No obstante, recordó la Superintendencia de Sociedades, teniendo en cuenta la emergencia sanitaria que ha generado el coronavirus (covid-19), las sociedades podrán realizar las reuniones ordinarias de asamblea dentro del mes siguiente a la terminación de la emergencia sanitaria o antes por medios virtuales, para lo cual deberán aplicar las disposiciones relativas al cuórum, convocatorias y mayorías dispuestas en los estatutos o en la normativa vigente.
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