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05 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 12 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Consejo de Estado reitera las reglas para aplicar la prepensión en cargos de libre nombramiento y remoción

11 de Junio de 2021

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Nota:
128368

El alto tribunal, al decidir en segunda instancia un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, aplicó el precedente definido por la Corte Constitucional en la Sentencia SU-003 del 2018. La Corporación, al fallar sobre el caso de un funcionario que ocupaba un cargo de libre nombramiento y remoción que fue declarado insubsistente, y quien alegaba ser beneficiario del fuero de estabilidad laboral reforzada de pre-pensionable, recordó las reglas jurisprudenciales fijadas por la Corte Constitucional. Las dos reglas reconocidas y aplicadas por la Sala son: i) como regla general, los empleados públicos de libre nombramiento y remoción no gozan de estabilidad laboral reforzada y ii) en aquellos casos en los cuales el único requisito faltante para acceder a la pensión de vejez sea el de edad no hay lugar a considerar que la persona es beneficiaria del fuero de estabilidad laboral reforzada de prepensionable. En el caso concreto, se halló que esta figura no era aplicable por cuanto, para la fecha de expedición del acto administrativo acusado, el demandante contaba con todos los requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico para ser declarado beneficiario de la pensión de vejez. Por consiguiente, se confirmó la sentencia de primera instancia, dejando en firme la declaratoria de insubsistencia del funcionario (M. P. Jaime Hernán Díaz Díaz).

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