Consejo de Estado reitera carácter imparcial requerido para el dictamen pericial (4:17 p.m.)
14 de Marzo de 2013
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Nota:
87430
El Consejo de Estado recordó que la Ley 388 de 1997 modificó el procedimiento de enajenación voluntaria de inmuebles y facultó, además del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, a peritos privados inscritos en las lonjas o asociaciones correspondientes para efectuar los avalúos comerciales a los inmuebles que se adquieran o expropien. Por otra parte, en cuanto a la falta de técnica en los dictámenes periciales, la Sala reiteró que el dictamen debe ser realizado necesariamente por un tercero. Por ello es necesario que el dictamen que vaya a rendirse sea realizado con absoluta transparencia e imparcialidad, propósitos que no serían alcanzables si se permitiese que las valoraciones sean efectuadas por una de las partes, concluyó la corporación (C.P. María Elizabeth García).
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