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Consejo de Estado afianza postura sobre límite de tiempo para demandar a la Nación por homicidios de integrantes de la UP (1:33 p.m.)

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06 de Octubre de 2017

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El Consejo de Estado ordenó al Tribunal Administrativo de Antioquia estudiar la demanda interpuesta contra la Nación por los familiares de un integrante de la Unión Patriótica (UP) asesinado hace 27 años. El referido tribunal rechazó la acción de reparación directa presentada en diciembre de 2016, por considerar que no fue interpuesta de manera oportuna, teniendo en cuenta que la norma procesal establece un término de dos años para reclamar la responsabilidad de la Nación, contados desde la ocurrencia del hecho y la muerte del líder de la UP, que se produjo en 1990. Un auto del consejero Danilo Rojas Betancourth, de la Sección Tercera, expresó que está plenamente establecido que los crímenes cometidos contra militantes de la UP fueron actos de lesa humanidad, por la persecución que tuvo ese grupo político, por lo tanto no opera en estos casos el límite en el tiempo para reclamar la afectación de los derechos, en busca de garantizar el acceso a la administración de justicia (M. P. Danilo Rojas Betancourth).

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