Concejo de Bogotá regula elección de personero y contralor distritales (8:59 a.m.)
11 de Abril de 2016
Reproducir
Nota:
106649
Por medio del Acuerdo 639 del pasado 5 de abril, el Concejo de Bogotá modificó los acuerdos 635 del 2016 y 348 del 2008, en cuanto a la elección del personero y contralor distritales. Según la norma, corresponderá a la corporación elegir al Personero Distrital durante el primer mes de sesiones ordinarias correspondiente a la iniciación del periodo constitucional, mediante concurso público de méritos, cuya regulación deberá presentarse previamente ante la plenaria para autorización. Así mismo, dispone que el Contralor Distrital será elegido mediante convocatoria pública, cuyo proceso de regulación también deberá ser presentado previamente para autorización ante la plenaria. Hasta tanto el Congreso no expida una ley que regule la convocatoria pública, se aplicará por analogía el procedimiento previsto en el Decreto 2485 del 2014, compilado en el Decreto 1083 del 2015, para la elección de Personero. La elección de Contralor no estará sujeta a un orden de elegibilidad.
Opina, Comenta