Cobro de multas por infracciones a las normas de tránsito prescribe en tres años (9:30 a.m.)
14 de Noviembre de 2017
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Nota:
57714
De acuerdo con lo previsto en la Ley 1066 del 2006 (Ley de Normalización de Cartera Pública), las autoridades de tránsito tienen la facultad de exigir el cobro de las multas por infracciones a las normas de tránsito durante el término de tres años, contados a partir de la ocurrencia de la conducta. Si esto no ocurre, prescribe la acción y la autoridad no podrá iniciar cobro coactivo, precisó el Ministerio de Transporte. La prescripción se interrumpe con la notificación del mandamiento de pago. La facultad señalada se deriva de la autonomía que tienen las entidades territoriales, en virtud del artículo 287 de la Constitución Política.
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